Tuesday, June 1, 2010

Derecho a la salud


En la Sección 20. Sobre los Derechos humanos reconocidos; deber del pueblo y del gobierno, la Constitucion de Puerto Rico dice:

El derecho de toda persona a disfrutar de un nivel de vida adecuado que asegure para sí  y para su familia la salud,el bienestar y especialmente la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios. 


Observen la similitud con el Artículo 25 de la Declaración de los Derechos Humanos de la Asamblea General de las Naciones Unidas la cual constato en el 1948, lo siguiente,  

     Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así  como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad. 
(referencia: http://www.lexjuris.com/lexprcont.htm